Se debe acatar la prohibición de cultos en los Estados donde se han emitido decreto

Mientras tanto; en un ejercicio para la comprensión para Pastores y Lideres que no
somos expertos en la materia legal, conviene advertir que en los Estados donde se han
emitido decretos en los cuales las reuniones religiosas han sido objeto de prohibición,
se debe acatar tal prohibición, la razón es de carácter legal donde en el ejercicio de sus
competencias, gobernadores y alcaldes tienen facultad para ello ya que así lo
determina la ley, máxime cuando aún existe el estado de excepción y de alarma
generados por la pandemia durante el año 2020, se ha de resaltar que aún se
mantienen las mismas condiciones.